ECUADOR, MANEJO DE LA CRISIS EN EL CONTEXTO DEL COVID-19 Y LA PERTINENCIA DE LOS PROYECTOS DE LEY (HUMANITARIO – FISCAL)

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Coyuntura/UCE/II E abril 20, 2020

Jonathan Báez

Eric Meyer

Robertho Rosero (1]

Las leyes para “solventar” la crisis fueron enviadas a la Asamblea, en estos dos cuerpos de ley se evidencia que existe un mayor aporte por parte del sector trabajador y no del capital (empresarios). En este contexto los trabajadores aportarían con el 64% del total y las empresas solo con el 36%.[2] Una situación paradójica, ya que, según el Banco Central del Ecuador, en el 2018 el factor productivo trabajo (total de remuneraciones) se le retribuye con tan solo el 38% y el capital (excedente bruto de explotación e ingreso mixto bruto) se lleva el 54%[3]. Además, tal como se establece en el artículo 3 y 4, la disminución ilegal de los sueldos al sector público, de manera definitiva en un 10%.

Es importante mencionar que se está perdiendo la oportunidad, en el ámbito de la política pública, sobre lo urgente y lo que no es urgente para el país. En efecto es urgente inyectar liquidez e impedir a toda costa la salida de capitales, es imprescindible que los poderes del estado con la misma velocidad que aprobaron la ley de fomento productivo, que provocó una crisis autoinflingida al quitar las fuentes de ingresos del Estado, permitan que las capacidades de financiamiento del Banco Central del Ecuador sean utilizadas por el Estado y que actualmente, debido a la ley anteriormente mencionada, se encuentra inhabilitado, de igual manera, se recupere el mecanismo de dinero electrónico por el Banco Central del Ecuador, mecanismo de pago que fue entregado al sector financiero privado y que en la actualidad constituiría una importante herramienta de “medio de pago”[4] necesario dentro de la crisis de la pandemia, actualmente se ha planteado la posibilidad del pago de diferentes bienes y servicios, sin la necesidad de contar con dinero físico, que constituye un medio de contagio y que sea dirigido hacia las personas más vulnerables, es decir que no tenga costo.

Esperar la aprobación del proyecto de ley entregado a la asamblea, y posteriormente la recaudación de las contribuciones definidas, implica dejar pasar un tiempo valioso y que puede tener un costo inmenso. Lo hemos visto desde la aparición del coronavirus: pocos días de diferencia en el tiempo de reacción pueden hacer diferencia fundamental entre mitigar el contagio y dejar que este salga de todo control. Tampoco es necesario esperar que lleguen los préstamos internacionales prometidos, el Banco Central del Ecuador puede hoy mismo comenzar a financiar los gastos urgentes, sin poner en riesgo la estabilidad financiera ni la dolarización.

Diferentes gremios empresariales y economistas neoliberales, que nos llevaron a la debacle económica de 1999, han manifestado sobre el ámbito de no utilizar las pocas reservas internacionales existentes. Desde diferentes ámbitos académicos, hemos establecido la necesidad de que el Banco Central es ante todo un banco y como banco, puede crear la liquidez necesaria para facilitar pagos. Cuando un banco “presta dinero” a una empresa para que esta lleve adelante un proyecto productivo, no le transfiere un dinero preexistente, sea del propio banco, sea captado de sus depositantes, sino que crea dinero en la forma del depósito bancario que acredita a la empresa, a la vez que registra la deuda de esta como un activo suyo. El banco individual tiene que preocuparse por tener a su disposición suficientes activos líquidos para poder hacer frente a eventuales retiros y transferencias hacia otros bancos de los depósitos creados [5]. En este sentido el banco cumpliría con su papel, en donde el financiamiento inicial otorgado permitiría la creación del valor para el repago del préstamo inicial.

Por su naturaleza, el Banco Central del Ecuador puede hacer exactamente lo mismo: al otorgar un préstamo (típicamente al sector público o a entidades financieras – públicas o privadas) crea los medios de pago (“liquidez”) necesaria en forma de depósitos que tiene la entidad en cuestión, a la vez que registra la deuda correspondiente de la entidad como un activo suyo. Así como los bancos no “prestan dinero preexistente”, sino que crean dinero al prestar (en forma de depósitos), el Banco Central del Ecuador tampoco presta “dinero preexistente”, ni en forma de “Reservas Internacionales”, ni en forma de “depósitos que los bancos detienen, en forma de encajes, en el Banco Central”, como a veces se argumenta, por desconocimiento o por mala fe. Al prestar, el Banco Central crea los medios de pago que cree necesario, sea para hacer frente a problemas de liquidez en el mercado interbancario (cuando presta a entidades financieras), para financiar, de forma inicial, al sector público.

Es urgente, si no de manera permanente por un tiempo determinado, considerar necesario permitir que el sector público pague a tiempo los empleados públicos, adquiera los insumos médicos necesarios para hacer frente a la emergencia sanitaria y entregue un bono digno que permitirá a las familias necesitadas respetar la cuarentena, esto en función de que Banco Central del Ecuador puede crear de forma instantánea, los medios de pago necesarios [6]. Este financiamiento inicial del gasto público emergente por el Banco Central no pone en peligro ni la dolarización, ni la estabilidad del sistema financiero. Por el contrario, contribuye a que la depresión económica a la que necesariamente conduce la interrupción cuasi generalizada de la producción resulte menos grave, al aportar la liquidez necesaria.

Entre las urgencias planteadas también se constituye el cobro de las deudas tributarias en firme, esto nos conlleva a que el gobierno actualmente tiene mecanismos contributivos que obliguen a las élites económicas a pagar por la crisis que les benefició con una serie de remisiones y nos orilló a contraer deuda innecesaria. Sin embargo, es esencial que los mecanismos ya existentes de recaudación sean ejecutados. En ese sentido el cobro inmediato de las deudas tributarias en firme, es decir que deben ser canceladas de inmediato o deben ser ejecutadas inmediatamente.

Con este monto se alcanzarían USD 1 516 millones, equivalente al 75% de los USD 2 mil millones de más deuda que el ministro de Economía ofreció cuando pagó la deuda de USD 324 millones a los tenedores de bonos y que hasta la fecha no han llegado al país. Desde esa perspectiva, un análisis con distintas tomas del ranking de los principales 500 deudores permite observar un crecimiento de esta deuda desde el 20 de mayo de 2019 hasta el 16 de abril de 2020 que pasa de USD 1 412 millones a USD 1 516. Eso implica un crecimiento de las deudas en firme del 7% lo que equivale a USD 104 millones. Por consiguiente, si estos recursos deben cobrarse de inmediato nos preguntamos ¿Qué espera el Gobierno? ¿Qué espera el Banco Central? ¿Qué espera el Ministerio de Economía? ¿Qué espera el Servicio de Rentas Internas?

Gráfico 1. Ranking 500 principales deudores SRI –USD millones-

Fuente: SRI

Elaboración: Propia

 En conclusión, es imprescindible que antes de discutir sobre las leyes enviadas al legislativo se consideren aquellos que pueden realizarse de manera “oportuna”, en el presente caso se trata de los mecanismos de financiamiento del Banco Central incluido el uso de dinero electrónico y el cobro de la deuda tributaria en firme, así como la protección de salida de capitales. Con estos elementos se tendrían los elementos necesarios para proteger no solo a las familias ecuatorianas sino a la economía y, por tanto, a la dolarización. Lo evidente es que el proyecto de ley titulado “Ley Orgánica para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas, no tiene ninguna urgencia y establece en su mayoría el mismo articulado rechazado en el mes de noviembre del año anterior, cuyo objetivo es la austeridad fiscal.

[1]  Docentes de la Facultad de Economía de la Universidad Central del Ecuador.

[2] https://www.elcomercio.com/actualidad/trabajadores-recursos-cuenta-humanitaria-ecuador.html

[3] Cálculo realizado mediante el PIB por el enfoque del ingreso. Ver: https://contenido.bce.fin.ec/documentos/PublicacionesNotas/Catalogo/CuentasNacionales/PIBIngresoCorriente2018p.xlsx

[4] Se ha establecido, sin ningún fundamento, que se puede hacer una emisión inorgánica de dinero electrónico, pero esta herramienta solo constituye un medio de pago que garantiza mejorar la circulación dentro de la economía.

[5] Para una discusión más detallada de las diferentes formas de “reflujo” del dinero bancario, ver: Mehrling, P. (2020). Payment vs. Funding: The Law of Reflux for Today. Institute for New Economic Thinking Working Paper Series, 1–27. https://doi.org/10.36687/inetwp113

[6] Ver la carta abierta del Observatorio de la Dolarización al presidente de la Asamblea Nacional: https://dolarizacion.ec/2020/03/20/carta-abierta-al-presidente-de-la-asamblea-pandemia-y-dolarizacion-si-hay-alternativas/

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