Más horas de trabajo y reducción de salario.

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Por: MCs. Deysi Núñez

El 28 de marzo del año en curso, el actual ministro de Trabajo, abogado Luis Arturo Poveda Velasco,  expide el Acuerdo Ministerial No. MDT-2020-080 mediante el cual se reforma el acuerdo ministerial Nro. MDT-2020-077 de 15 de Marzo de 2020, mediante el cual se expiden las “Directrices para la aplicación de la reducción, modificación o suspensión emergente de la jornada laboral durante la declaratoria de emergencia sanitaria”

Esta norma laboral pretende regular las actuales condiciones de trabajo que se están desarrollando a propósito de la pandemia del COVID-19. De una lectura atenta a esta reforma se puede evidenciar que se violenta principios del Derecho Laboral y con esto se pretende salvar a los empresarios en detrimento de los derechos de los trabajadores.

¿Qué dice este acuerdo?

Con este acuerdo se faculta a la parte patronal  a que puedan exigir 12 horas diarias de jornada laboral de lunes a viernes y 8 horas de jornada laboral los días sábados y domingos; pone a disposición de los empleadores las vacaciones de los trabajadores y que las mismas, incluso en los actuales momentos se pueden adelantar, limitando de esta manera lo definido en el artículo 73 del Código del Trabajo en que se dice: que en el contrato se hará constar el período en que el trabajador comenzará a gozar de vacaciones. No habiendo contrato escrito o tal señalamiento, el empleador hará conocer al trabajador, con tres meses de anticipación, el período en que le concederá la vacación.

Otro de los elementos que llaman la atención es la facultad que da este Acuerdo para que los sueldos y salarios puedan ser pagados en la forma y en las condiciones como el empleador lo estipule, lo que genera en los hechos una violación a la integralidad de la remuneración.

Preocupa también que a pretexto de la emergencia se legitime la posibilidad de que se reduzca la jornada laboral y la concerniente reducción del salario legalizando procesos de flexibilización y precarización  laboral

Las necesidades que puedan tener las empresas para enfrentar la crisis no pueden sacrificar las condiciones de vida de los trabajadores, mucho de los cuales se encuentran laborando para que los servicios no cierren, poniendo en riesgo sus vidas.

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