Ofensiva extractivista en el Ecuador

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Por: Mateo Rodríguez

El gobierno de Lenín Moreno genera las condiciones para una ofensiva extractivista que afecta a los pobladores de los territorios donde se han realizado concesiones mineras.

Algo de Historia

Los últimos hechos que se han dado en el país, entre las que destacan las confrontaciones entre las comunidades indígenas y campesinas con grupos militares o de seguridad privada de las empresas mineras nos llevan a reflexionar sobre el avance del extractivismo en el país.

La minería no es nueva en el país, los primeros pobladores del territorio que hoy se llama Ecuador han dejado vestigios del uso de materiales de oro y platino. En la época de la Conquista española y la colonia la extracción minera crece. Se conoce que los españoles estuvieron en Nambija y fundaron el poblado de Zamora en 1549. Utilizaron la mano de obra indígena para extraer los minerales. Con la Independencia y la conformación de la República esta actividad se acrecienta.

Con el desarrollo del capitalismo la explotación artesanal es superada por la industrial. En la década de los ochenta del siglo pasado las empresas Newmont y Río Tinto Zinc conjuntamente con Placer Dome, Echo Bay, Billinton, TVX,Goldfiels, Anglo, buscan encontrar depósitos mineros semejantes a los existentes en la zona de Yanaccocha en el Perú.

Los gobiernos de Febres Cordero y Borja establecieron las normas mineras para ampliar las concesiones en el país, y es en la famosa “Trole II”, donde se establece que el Ministerio de Energía y Minas promoverá la evolución de la minería en pequeña escala hacia una mediana y gran minería.

Por la presión de los pueblos indígenas, el 18 de Abril del 2008, la Asamblea Constituyente del Ecuador, expide el famoso “Mandato Minero”, mediante el cual se extinguían todas las concesiones mineras que no hubieran sido legalizadas y no contaran con su respectivo Estudio de Impacto Ambiental.

En el 2009 se expide la Ley de Minería, que restringe o limita las garantías, la misma que junto a otras reformas legales amplia la explotación minera en nuestro territorio, estableciendo beneficios a la inversión de extranjera, lo que género que al 2018 más del 14% del territorio nacional este concesionado, es decir 3,7 millones de hectáreas. 

El extractivismo  y sus afectaciones en el Ecuador

El término extractivismo es usado para referirse a las actividades que “remueven, grandes volúmenes de recursos naturales que no son procesados (o que lo son limitadamente), sobre todo para la exportación en función de la demanda de los países centrales,…, se refiere a las actividades intensivas de extracción de minerales y a las actividades petroleras.” (Esperanza Martínez)

 “En el desarrollo de las fuerzas productivas se llega a una fase en que surgen fuerzas productivas y medios de intercambio que bajo las relaciones existentes, solo pueden ser fuente de males, que ya no son fuerzas productivas sino más bien destructivas” nos señala Marx y Engels en la Ideología Alemana. Esta fase de la que hablan los clásicos, es el capitalismo, principalmente en su fase superior, el Imperialismo.

En este sentido, el académico universitario Edgar Isch señala que: “El capitalismo es un sistema y una civilización en crisis que se caracteriza, entre otros aspectos fundamentales, por la explotación del trabajador, la superexplotación de la naturaleza y la enajenación del trabajo y los seres humanos que se miran al margen o por encima del mundo natural.”

Los gobiernos burgueses para justificar la sobre explotación de recursos naturales y su impacto en los territorios y pueblos impulsan el discurso del “desarrollo y la modernidad”, que ha sido repetido desde hace más de quinientos años y que permite el saqueo del continente bajo la promesa de acabar con las carencias.

En los últimos años, el acelerado crecimiento de las relaciones comerciales con China y la disputa de esta con los EEUU, ha contribuido a fortalecer las fórmulas coloniales de explotación hacia nuestros países, afirmando el papel primario exportador de nuestras economías, con los concernientes impactos socio-ambientales. Este auge de la explotación minera, sumado a los altos precios en el mercado internacional y las nuevas tecnologías disponibles han acelerado los procesos de concentración de capitales en beneficio de las potencias imperialistas y las clases dominantes criollas.

Esta expansión del capitalismo mundial afecta a países dependientes como el nuestro, en el 2016 se reabrió el catastro minero, entre diciembre de ese año y todo el 2017 se entregaron 275 nuevas concesiones mineras adicionales a las ya existentes. Al 2018 más del 14% del territorio nacional este concesionado, es decir 3,7 millones de hectáreas.

La expansión de la frontera minera pretextando las necesidades de ingresos económicos es una falacia, según Alberto Acosta “para el período 2017-2021 se prevé que la minería genere 4.599 millones de dólares de inversión extranjera -de los cuales mil millones supuestamente se invertirían en 2018, los ingresos fiscales llegarían a 1.326 millones de dólares, alrededor de 25 mil empleos (4.100 directos y 19.600 indirectos) y una participación en el PIB que llegaría al 4% en 2025,…, estimaciones hechas en 2012 señalaban que cuando los cinco “proyectos estratégicos” se encuentren en fase de explotación (incluyendo Panantza-San Carlos), éstos generarían al Estado por concepto de regalías unos 784 millones de dólares de ingresos promedio anuales” estas cifras estarían muy por debajo de lo que en el 2011 se estimaba como reservas mineras y que llegaban a 270 mil millones de dólares.

Como se puede ver, los ingresos económicos que esta explotación generaría al país no justifican los males que trae este tipo de industria. Desperdicio y destrucción de recursos existentes en zonas afectadas por la minería; deterioro del medio ambiente fruto de la pérdida completa de recursos naturales; varias enfermedades y patologías generadas por los desechos químicos; sin contar la violación a los derecho humanos por la implantación de medidas autoritarias para expulsar a los pueblos que viven en los territorios concesionados.

Los pueblos del Ecuador resisten esta imposición, en muchos casos han logrado grandes triunfos, en otros su valerosa resistencia ha sobrado la vida de varios luchadores. Nankitz, Piatua, Intag, Rió Blanco, Girón, entre otros son ejemplo de la lucha digna de los pobladores.

Corte Constitucional niega consulta, pero no cierra el paso a otras

En medio de varios conflictos jurídicos generados por los grupos cercanos a las empresas mineras, como el Comité Empresarial Ecuatoriano, la Corte Constitucional resolvió negar el pedido de consulta popular solicitado por Yaku Pérez, prefecto de Azuay, para prohibir la explotación minera en esa provincia.

El Comité, presidido por Patricio Alarcón, presentó la recusación en contra del juez constitucional Ramiro Ávila Santamaría, solicitud que fue aceptada por el presidente de la Corte Hernán Salgado.

En una construcción argumentativa artificiosa, Salgado fundamenta la decisión de recusar al juez Ávila con fundamentos que ponen en riesgo la libertad de expresión y opinión de los catedráticos universitarios, pues los empresarios no justifican el interés personal que puede tener el juez, sino que cuestionan las ideas y posiciones académicas esgrimidas por él.

Esta resolución fue el preludio de lo que el pleno de la Corte resolvería. El juez ponente Agustín Grijalva presentó la sentencia que en su parte resolutiva señala:

“- Declarar que la pregunta relativa al pedido de la iniciativa ciudadana para solicitar una consulta popular, ingresada a esta Corte por Yaku Pérez Guartambel, el 30 de junio de 2019, no garantiza la plena libertad del elector, ni cuenta con un apego constitucional, por las razones expuestas en este dictamen”.

“- Negar y archivar el pedido de dictamen previo de constitucionalidad de consulta popular”.

 Si bien es cierto la Corte niega esta pregunta, no pone cortapisas al ejercicio del derecho a ser consultado pues, ratifica la posibilidad de ejercer estos derechos no solo por los intereses individuales o colectivos que como seres humanos podemos tener, sino también, por los de la naturaleza.

De la misma manera, la corte en la parte expositiva de la resolución determina la facultad que tienen las prefecturas para convocar consultas a sus pobladores en temas de minería, por cuanto los gobiernos provinciales tienen competencias en actividades complementarias y relacionadas a la actividad minera.

La exigibilidad de los derechos de consulta es una constante; los pueblos y nacionalidades indígenas, los campesinos y trabajadores seguirán en la lucha en por la defensa del agua y el territorio.

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