IESS y BIESS. Reformas legales distantes de los intereses de los afiliados

Periódico Opción
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Por Henry Izurieta

La ley aprobada dista mucho del espíritu de lo originalmente planteado.  En el caso del BIESS entrega un regalo a los empresarios.

Mas allá de los bemoles que ha significado el tratamiento de la Ley reformatoria a la Ley de la Seguridad Social y del BIESS, lo cierto es que esa reforma se ha concretado, está publicada en el Registro Oficial. Pretendo analizarla, aunque por espacio solo lo más importante, con el fin de tener claro el panorama que nos espera a afiliados, jubilados y campesinos.

Se mantienen tres representantes

La Corte Constitucional dispuso que la Asamblea legisle respecto del número de representantes en el Consejo Directivo del IESS, que es factible incrementar en su número, pero se opuso a que la representación de los afiliados sea mayoría, dispuso, en ese sentido, que sea paritaria.

En consecuencia, la propuesta original de una conformación de cinco miembros con mayoría de tres representantes de los afiliados fue negada, aunque se abrió la posibilidad por la resolución de la Corte Constitucional, de aumentar el número de representantes con tres de cada sector, llegando a nueve, pero la Asamblea Nacional, volvió a defraudar al país, pues, contrariamente decidió que el número de representantes se mantenga en total tres: uno por afiliados en relación de dependencia, sin relación de dependencia, afiliados del sector privado y del sector público; otro representante por los empleadores; y, un representante del gobierno que ejercerán su cargo por cuatro años y serán electos en elecciones directas.

Los problemas de la elección universal

La reforma plantea que los representantes de los afiliados y empleadores sea por elección universal con la participación de afiliados y jubilados.

En términos de cómo funciona el Ecuador, la omisión de una fecha tope para realizar estas elecciones es un grave problema, pues, el CNE podría hacerlo inmediatamente, dentro del proceso electoral presidencial del 2025 -como proponen varios dirigentes- o demorarse años en hacerlo, sin recibir ninguna sanción.

También existen dos problemas adicionales, que, ojalá, el reglamento que debe elaborar el CNE los corrija. El primero es la certeza del origen del candidato.  La ley no dispone que el candidato de los afiliados pertenezca al sector afiliado; tampoco en el caso de los empleadores.  Esto es especialmente grave en el caso de los trabajadores ya que defender sus derechos implica conocer, vivir sus realidades y, sobre todo, defender sus derechos, en un medio en el que la visión empresarial es la que predomina.  Se abre la posibilidad de que un gerente se candidatice y gane la elección de representante de los trabajadores.

El segundo es el financiamiento.  Viviendo el Ecuador en medio de una corrupción galopante, con mafias que controlan el funcionamiento del IESS, con relativa facilidad, las mafias o las empresas que hacen negocios con el IESS pueden financiar a un candidato que se comprometa a brindarles facilidades.  Como es muy conocido en nuestro país, quienes ganan las elecciones en su gran mayoría han tenido a su disposición importante cantidades de dinero, que los mafiosos pueden proporcionar.

Los pagos del Estado

Artículo 5.- En el artículo 27, sustitúyase el texto del literal i), por el siguiente texto:

i. La aprobación del presupuesto general de operaciones del IESS, elaborado por el Director General hasta el 31 de diciembre de cada año, en concordancia con el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas para conocimiento del ente rector de economía y finanzas.

Lo cual deja básicamente en lo mismo que decía el texto anterior:

i. La aprobación del presupuesto general de operaciones del IESS, preparado por el director general y sometido a informe previo del ministro de Economía y Finanzas, hasta el 31 de diciembre de cada año;

Al disponer que el presupuesto del IESS estará en “concordancia con el Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas” está diciendo que se somete a los dictados del Ministerio de Finanzas, lo que anula el concepto de autonomía que se pretende rescatar en el funcionamiento del IESS, toda vez que son recursos pertenecientes a los afiliados y no al Estado lo que esta institución maneja.

En otro artículo dispone que el ministerio de Finanza no pueda asignar menos recursos de los que la ley dispone que se entregue al IESS y que los entregue de manera oportuna.

Lo único positivo

La determinación del monto de la deuda es la única disposición rescatable al definir un plazo de cuatro meses al gobierno e IESS para que acuerden el valor de la deuda del Estado con el IESS.  El gobierno tendrá diez años para pagar la deuda en un plan de pagos cuyos rubros deberán constar en el presupuesto del Estado a partir del año 2025.

Si no existe acuerdo en los montos, la procuraduría servirá de árbitro para que las partes se pongan de acuerdo. Si aun así, la diferencia continúa el IESS podrá tomar acciones coactivas.

Lo anterior quedará en letra muerta si los afiliados no presionan para que se concrete.

Imposibilidad de aplicar el Seguro Universal

En el Artículo 1, el manoseo intencional se expresan en solo tres palabras “de los afiliados” que logran tergiversar el objetivo de la expresión constitucional “seguro universal obligatorio” que se pretende incluirlo en la Ley de Seguridad Social, pero que al hacerlo de mala manera no se consigue nada.  Dice:

Artículo 1.- En todo el texto y contenido de la ley, en donde diga “seguro general obligatorio” debe decir “seguro universal obligatorio de sus afiliados”;

Que, entonces lleva a concluir que se habla de los afiliados y no de la población, que es el espíritu de la Constitución.

El golazo por la tranquera

La propuesta original planteaba un proceso de elección diferente del Directorio del BIESS, pero lo que los empresarios consiguieron, tras bastidores, con el apoyo de las bancadas de derecha, es la inclusión de un representante suyo en el directorio, lo cual es un atentado a los intereses de los afiliados a quienes pertenecen los dineros que ese banco maneja, que, por tanto, los empresarios no tienen por qué decidir sobre esos recursos.

Anteriormente el directorio del BIESS estuvo conformado por dos representantes del lado de los afiliados y dos del lado del gobierno.

El gobierno de Daniel Noboa anticipa que impugnará esta ley, aunque no a favor de los intereses de los trabajadores.

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