“Atentado a la vida de los trabajadores”

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Por Redacción Opción

El gobierno no cesa de buscar afectar los intereses de los trabajadores y el pueblo. Las leyes enviadas a la Asamblea Nacional, favorecen los intereses de los grandes empresarios y banqueros a costa de aumentar la desocupación, la pobreza, la desocupación y el hambre  de millones de ecuatorianos.

El gobierno de Lenin Moreno y sus ministros – empresarios, atentan contra la vida de los trabajadores y buscan sacar tajada  para los grupos que representan en medio de la pandemia, sin importar el riesgo de muerte que tienen los trabajadores al reiniciar sus labores.

Eso se desprende de la resolución 022 del Ministerio del Trabajo, emitida el 28 de abril, que disponía que la enfermedad del coronavirus (COVID-19) no constituya un accidente de trabajo, ni una enfermedad profesional. Esta resolución se da justo cuando varios de sectores empresariales, entre ellos  los de la construcción iniciarían labores en los próximos días.

José Villavicencio, presidente de la Unión General de Trabajadores del Ecuador, señaló que es un nuevo atentado contra la vida de los trabajadores, pues pretenden desconocer que ya existen ahora miles de trabajadores contagiados. De la misma manera se pronunciaron la Federación Médica Ecuatoriana, que además señalaron que se quieren lavar las manos.  La esencia de la resolución es  que los empresarios no se harán cargo si sus trabajadores  son contagiados por ir a trabajar.

El rechazo fue tan amplio que el ministerio tuvo que cambiar el mismo día la resolución por la 023, que dice:

Art. 1.- Reformar el artículo 1 de la Resolución Nro. MDT-2020-022, de 28 de abril de 2020, por el siguiente texto: “Determinar que la enfermedad del coronavirus (COVID-19) no constituye un accidente de trabajo ni una enfermedad profesional, en virtud que la misma fue declarada el 11 de marzo de 2020, por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como pandemia, a excepción de aquellos casos en los que se pudiera establecer de forma científica o por métodos adecuados a las condiciones y a las prácticas nacionales, un vínculo directo entre la exposición a agentes biológicos que resulte de las actividades laborales contraídas por el trabajador.”

La pregunta es, cómo podrá un albañil u  otro trabajador contagiado por ir a trabajar, probar “de forma  científica, o por métodos adecuados a las condiciones y a las practicas nacionales” (por si acaso se les ocurre ir a instancias internacionales). Es tan absurda y grosera la resolución cuando se sabe que el gobierno no cuenta con suficientes  pruebas de covid-19 hay

Villavicencio señalo que ahora mismo entre el personal de salud se contabilizan oficialmente más de 1600 contagiados y miles más con sospecha de contagio, más de cien médicos, enfermeras y auxiliares han fallecido en el cumplimiento de su deber, a ellos se suman cientos de trabajadores municipales, eléctricos, petroleros, del agua potable, periodistas, bomberos, policías, militares, empleados y trabajadores de la industria alimenticia, campesinos, repartidores, que se han contagiado y muchos han muerto precisamente en su trabajo.

Pero además la resolución es ilegal,  dado que el ministerio del trabajo no es competente para establecer si una enfermedad es o no profesional, sin el pronunciamiento técnico del departamento de Riesgos de Trabajo del IESS, pero además contradice a la Organización Internacional del Trabajo que establece con claridad “La enfermedad del COVJD-19 y el trastorno de estrés postraumático contraídos por exposición en el trabajo, podrían considerarse como enfermedades profesionales. En la medida en que los trabajadores sufran de estas afecciones y estén incapacitados para trabajar como resultado de actividades relacionadas con el trabajo, deberían tener derecho a una indemnización monetaria, a asistencia médica y a los servicios conexos, según lo establecido en el Convenio sobre las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. 1964 (núm. 121). Los familiares a cargo (cónyuge e hijos) de la persona que muere por la enfermedad del COVJD-19 contraída en el marco de actividades relacionadas con el trabajo tienen derecho a recibir prestaciones monetarias o una indemnización, así como una asignación o prestación funeraria”

Por tal motivo, dice el comunicado de la UGTE: “precautelando la vida de cientos de miles de mujeres y hombres que están trabajando en medio de la emergencia sanitaria, de aquellos que se incorporan estos días como los 4 mil trabajadores de la construcción, que no pueden estar desamparados por el Estado y la patronal, la Unión General de Trabajadores del Ecuador UGTE exige al Ministro Poveda la derogatoria inmediata de la resolución 023 y la adopción de una política integral de protección a la fuerza laboral durante la pandemia por parte del Ministerio del Trabajo.

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