Por Jaime Chuchuca Serrano
La concentración del poder de Noboa se incrementa, además de tener la mayoría de instituciones, ahora adopta las competencias para espiar, vigilar, perseguir. Es una presidencia que se atribuye facultades del poder judicial, militar, policial. Las dos leyes orgánicas recientemente aprobadas, de Solidaridad e Inteligencia, forman un aparato para espiar a la ciudadanía y sin orden judicial. La máxima autoridad de la entidad rectora de inteligencia es nombrada por el mismo presidente, y dirige más de siete sistemas de inteligencia. Aunque se dice que no se hará espionaje por cuestiones políticas, parecería más bien que es el principal objetivo. El actual Centro de Inteligencia Estratégica (CIES) es comandado por Michele Sensi Contugi, amigo íntimo de Noboa. La capacidad actual de vigilancia del ejecutivo supera a las dictaduras militares del siglo anterior, por todas las herramientas tecnológicas a su disposición. Si la Corte Constitucional quisiera actuar (aunque ya ha favorecido varias veces a Noboa), podría poner un alto a la vulneración de los derechos.
La Ley de Solidaridad comete varios absurdos y favores, por ejemplo, se crea un Indulto Anticipado, tema incoherente (Art. 14); ahora los empresarios pueden quedar exentos del pago del Impuesto a la Renta hasta el 30%, si donan armamento. De modo genérico, se reconoce como Grupo Armado Organizado a tres o más personas que actúen violentamente contra el Estado, población o bienes civiles, sin mayor detalle. El cuerpo legal reconoce el conflicto armado interno, aunque ya la Corte Constitucional señaló que esta es una cuestión de hecho y no requiere de aprobación legal, pero el real objetivo es que la presidencia tome medidas económicas y financieras con este pretexto (Art. 6). Así también, queda en evidencia la demagogia del régimen, se incluirán nuevamente los parámetros para el consumo personal de estupefacientes, como una necesidad, y que, según Noboa, incrementaban la criminalidad.
La Ley de Inteligencia, impone el carácter de ministerio a la entidad rectora, por lo que tiene un carácter político presidencial (Art. 9). El Art. 13 permite incinerar los documentos de los fondos, después de la revisión trimestral de la Contraloría, y ninguna otra autoridad los puede fiscalizar, ni saber en qué se gastaron las asignaciones; de este modo, se configura un espacio para crímenes institucionales. El Art. 41 permite cambiar de identidad a los servidores públicos de inteligencia y los exime de responsabilidad penal por las operaciones de información. Además, las instituciones públicas, operadoras de telecomunicaciones y otras, están obligadas a proveer información sin orden judicial (Arts. 50, 51, 52). En definitiva, el gobierno, con su proyecto neoliberal securitario, quiere controlar la vida privada de la población, a pretexto de la inseguridad, pero no quiere ser controlado. Además, se vienen otras reformas económicas, laborales y de intervención extranjera. Por los antecedentes, el Big Brother ecuatoriano vigilará a la oposición política y económica.