El negocio verde: áreas protegidas en manos privadas

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Por Jaime Chuchuca Serrano

La Ley de las Áreas Protegidas aprobada por la Asamblea Nacional (con 80 votos de ADN, Pachakutik, independientes, ex correístas) es otra “ley motosierra”. Esta nueva norma tiene similitudes con las tres anteriores (de Inteligencia, Solidaridad e Integridad Pública): es inconstitucional, no son asuntos económicos urgentes, viola la unidad de materia, reforma varios cuerpos legales y la presidencia de la república acumula mayor poder. El proyecto neoliberal securitario de Noboa ha disfrazado la ambición capitalista con el ropaje de la seguridad, el lucro oligárquico con el de la urgencia legal.

Con la Ley de las Áreas Protegidas el Presidente acumula otra facultad más: según el Art. 4 puede crear un Servicio de Áreas Protegidas, y aunque se prohíbe la privatización, en el mismo artículo se permite la acción de los “gestores privados”. A nombre de la conservación interviene el capital privado en las áreas protegidas (Arts. 4 y 7). En este orden, el Art. 5 permite crear un “fideicomiso” para la gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Los fideicomisos admiten separar la titularidad pública de los bienes, de este modo, la administración puede ser privada, evadiendo los controles públicos e incluso creando deuda.

El Art. 6 permite la intervención de las FFAA y la Policía en las Áreas Protegidas aduciendo la presencia de grupos criminales. Aunque legalmente ya podían actuar, la cuestión es que el maridaje entre la presidencia y los gestores privados para militarizar las áreas protegidas y perseguir a la ciudadanía cuando esta proteste contra actividades económicas no permitidas (minería, tala, pesca, etc.). Los casos históricos muestran como el poder puede criminalizar fácilmente a los manifestantes. Además, las fuerzas armadas han estado vinculadas recientemente con grupos de minería ilegal, por lo que se incrementa la desconfianza.

Como si no fuera suficiente con la evasión, en la Disposición General Primera se plantea una nueva remisión de deudas del 100% para los pescadores artesanales (muchos de gran capital actúan camuflados bajo esta modalidad). Igualmente, en la Disposición Transitoria Primera se permite a la Corporación Financiera Nacional perdonar intereses y costas de operaciones vencidas de primer piso. Entonces, se crea otro hueco fiscal para taparlo con más endeudamiento. En definitiva, el régimen ha utilizado el disfraz de las áreas protegidas para incrementar los ingresos del capital privado.

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