Gobierno Plutocrático

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Por Ab. Juan Pablo Sansur Ode

La característica primigenia del gobierno nacional es concebir al Estado para hacer negocios y para ello instrumentalizan todo esto con un ordenamiento jurídico ominoso, tenemos un gobierno plutocrático el cual se refiere a un sistema de gobierno o sociedad dominado por la clase más rica, donde el poder político es ejercido directa o indirectamente por personas acaudaladas para favorecer sus propios intereses.

Se aprobó la ley de minería y energía, esta ley elimina la licencia ambiental en las fases de prospección y exploración y con ello suprime el plan de manejo ambiental atenuando los estudios de impacto ambiental, en la práctica se deja sin efecto la consulta previa libre e informada afectando directamente a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades, ¿Por qué es importante la licencia ambiental? porque a través de esto se requieren estudios de impacto ambiental que es la línea base para ver que tenemos de flora, fauna, agua, biodiversidad, bosques o manglares, es un diagnóstico, una radiografía, la licencia ambiental como concepto ha sido respaldada por estándares técnicos y jurisprudenciales que exigen evaluaciones profundas y procesos de participación ciudadana especialmente en proyectos de alto impacto, por otra parte las regalías con la ley vigente eran del 5%, ahora bajan al 3%, se dice que se requieren recursos, pero se permite que las transnacionales  se lleven el 97% de las regalías, se llevan el lomo fino y nos dejan el hueso contaminado.

La nueva ley promueve la creación de clústeres, es decir, concentraciones geográficas en la que los intereses empresariales y los recursos estatales actúan de manera mancomunada, el Estado ofrecerá a las mineras acceso preferencial a la red eléctrica, infraestructura vial y logística, facilidades para la adquisición de explosivos y la colaboración activa de las fuerzas armadas en la vigilancia y protección de sus instalaciones, las mineras funcionarán como auténticos territorios autonómicos en los que no se podrá ingresar sin autorización de las compañías a cargo, el Estado al servicio de las transnacionales, se pretende crear un Estado dentro de otro Estado ya que los militares van a proteger a los clústeres extractivos,  habrá la militarización de territorios mediante la figura de áreas mineras con protección de seguridad estratégica, colocando a las fuerzas armadas como custodias de intereses mineros privados, todo esto en zonas donde habitan comunidades campesinas e indígenas.

Hay que subrayar también el conflicto de intereses del presidente Noboa en el contexto y  el quehacer minero ya que su familia tiene acciones mineras, recordemos el proyecto Las Pampas, Palo Quemado o el Proyecto Curipamba donde el Grupo Nobis de Isabel Noboa tiene el 10% de las acciones de la multinacional Adventus, a esto hay que agregar Quimsacocha donde tiene intereses mineros el entorno presidencial, resulta repudiable, asqueroso, nauseabundo que se aprueben leyes para sus negocios, por eso coincido con lo siguiente: que Noboa tiene un plan de negocios más no un plan de gobierno, esta ley concede todas las ventajas posibles a las mineras y relaja todos los controles del Estado,  autorizaciones express y el silencio administrativo son otros de los insumos abonados en cuanto a lo que se aprobó, se abre la puerta a las aprobaciones automáticas por silencio de la autoridad, con este ordenamiento jurídico se reduce el plazo a 30 días para que la autoridad única del agua emita informes sobre posibles afectaciones a fuentes superficiales o subterráneas, si la autoridad no responde en este lapso de 30 días la normativa establece explícitamente que: “se entenderá que no existe oposición, ni impedimento para el inicio de actividades mineras”, nuevamente el silencio institucional equivaldría a una validación automática del proyecto, resulta fundamental, un imperativo y algo trascendental que la Corte Constitucional de paso a las distintas demandas de inconstitucionalidad en cuanto a la ley minera ya que están vulnerando, socavando y diezmando derechos colectivos y principios constitucionales fundamentales.

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