Juez rechaza acción de protección por etnocidio estadístico

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Por INREDH

La mañana del jueves 27 de febrero del 2025, a las 11h00 el juez Edison Quishpe reinstaló la audiencia para dar a conocer su veredicto respecto a la Acción de Protección interpuesta por la Coordinadora Nacional de Mujeres Negras (Conamune), Fundación Azúcar, la Confederación Comarca Afroecuatoriana del Norte de Esmeraldas (CANE) y la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos Inredh. en contra del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INEC) por el cometimiento de etnocidio estadístico en los resultados del El 8vo Censo de Población, 7mo de Vivienda y 1ro de comunidades 2022.

El juez Edison Quishpe mencionó que tras escuchar a las partes procesales y revisar todos los documentos como Amicus Curiae, testimonios y prueba que ha sido presentada por las partes procesales, no advierte que existe la vulneración de los derechos constitucionales, por lo que rechazó la acción de protección.

Para Sonia Viveros, representante de la Fundación de Desarrollo Social Afroecuatoriana Azúcar. El juez no explicó de manera detallada las razones jurídicas de la negación a la acción de protección, teniendo en cuenta que el juez Edison Quishpe tuvo las suficientes pruebas y extensa documentación presentada anteriormente. 

Sonia Viveros subraya que la acción de protección no estaba dirigida a atacar ninguna institución del Estado, estaba dirigida a esclarecer lo que consideramos una violación a nuestros derechos. Viveros considera que todas las instituciones se alinearon para negar la existencia de una vulneración al pueblo afroecuatoriano, sin detenerse a pensar o analizar por qué las organizaciones afroecuatorianas interpusieron la acción de protección. Es decir que las instituciones del Estado se limitaron a protegerse, cuando lo que se necesita es autocritica y análisis desde las carteras de Estado para entender sus espacios, su funcionamiento y el por qué estos resultados como el del censo no refleja la realidad de las poblaciones. Para ello es importante que los funcionarios se tomen el tiempo para actualizar sus conocimientos en legislación nacional e internacional y en temas de derechos de los pueblos étnicos y derechos colectivos de tal forma que puedan entender que si existe una vulneración de derechos. “Nos quedamos con la preocupación de que esos resultados del censo causan un gran impacto entorno la atención de los derechos sociales, políticos, culturales y territoriales” afirmó Viveros.

Para Alodia Borja, abogada del pueblo afroecuatoriano, La audiencia fue muy corta ya que el juez Edison Quishpe no comunicó la debida motivación de su decisión porque para ello se debe presentar el dictamen por escrito y bien fundamentado.

Con este fallo la vulneración de los derechos del pueblo afroecuatoriano persiste. Y en esta ocasión es por partida doble, al tener dos tipos de vulneración, ya que no se otorgó una notoriedad importante a esta acción, por lo que el juez citó a una audiencia sin motivación, por ende, es no darle importancia al proceso. Mientras que, por otro lado, se ha demostrado la vulneración de derechos del pueblo afroecuatoriano y este está enmarcado en un proceso político. Alodia afirma que se continuará con el proceso de apelación y para ello, se analizará y visibilizará como la discriminación estructural y racializada que tiene el Estado se materializa en el proceder de la función judicial al restarle importancia a la medida de acción de protección presentada. 

Para Irma Bautista, presidenta de CONAMUNE, fue sorpréndete la forma como el juez dictaminó su resolución en tan poco tiempo, Bautista menciona que esperaba que se detalle porque nuestra demanda no es constitucional, El juez Edison Quishpe no dio a conocer las pruebas o su razón del fallo, es decir que no hubo vulneración de derechos cuando el pueblo afroecuatoriano ha sufrido todas las vulneraciones de este proceso.

 “Nos sentimos vulnerados por el juez al negar la acción de protección y al no reconocer que se ha invisibilizado al pueblo afroecuatoriano dentro de los resultados del censo del 2022. Ya no solo nos vulnera el INEC, sino también el juez Edison Quishpe con su resolución. No obstante, continuaremos con la apelación.

Para Diana León, asesora jurídica de Inredh, menciona que la decisión del juez es carente de toda fundamentación técnica y jurídica. En un proceso que contiene más de 20 cuerpos, con más de 12 horas de audiencia el juez duró menos de 5 minutos para comunicar que no encontró derechos constitucionales vulnerados.

Los jueces constitucionales no están preparados para las problemáticas del Pueblo Afroecuatoriano. La negativa de la acción de protección por el Etnocidio estadístico del pueblo afroecuatoriano es carente de toda fundamentación técnica y jurídica, el juez demostró la deficiencia de los administradores de justicia para hacerle frente a la violencia estatal. 

León afirma que esta decisión no es una decisión jurídica, sino es una regresión de derechos a la lucha por la construcción del Estado intercultural y plurinacional pese a que haberse demostrado la vulneración de derechos del pueblo afroecuatoriano. Finalmente resaltó que el juez Edison Quishpe responde a las estructuras de dominación y poder en las que pretende borrar de la historia a la población afrodescendiente en el Ecuador. 

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