Geovanni Atarihuana, Director de Unidad Popular, presentó ante la Corte Constitucional una demanda contra cinco artículos de Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para Combatir la Crisis Sanitaria Derivada del COVID, aprobada por la Asamblea Nacional y cuya iniciativa partió del Presidente Lenin Moreno.
Las disposiciones cuestionadas constan en los artículos 16, 18, 19,20 y 21 del mencionado cuerpo legal y se refieren a cambios en materia laboral que violentan expresamente los derechos de los trabajadores. Los mal llamados “acuerdos entre las partes”, los contratos especiales emergentes y la reducción de jornadas hasta por dos años, son instrumentos para precarizar el trabajo, reducir el salario, las remuneraciones, y las indemnizaciones, restringiendo también el derecho de los trabajadores a la estabilidad, vacaciones y contratación colectiva, en una expresa regresión de derechos.
La demanda se sustenta en los principios establecidos en la Constitución:
. El trabajo es un derecho y un deber social, y un derecho económico, fuente de realización personal y base de la economía. “El Estado garantizará a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, una vida decorosa, remuneraciones y retribuciones justas y el desempeño de un trabajo saludable y libremente escogido o aceptado.”
. Los derechos laborales son irrenunciables e intangibles. Será nula toda estipulación en contrario.
. Será válida la transacción en materia laboral siempre que no implique renuncia de derechos . . Será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los derechos.
Unidad Popular solicitó a la Corte Constitucional suspenda cautelarmente los artículos referidos de la Ley de Apoyo Humanitario , mientras se pronuncia sobre el fondo de la demanda de inconstitucionalidad, esto por la inminente vulneración de derechos de las trabajadoras y trabajadores.
Quito, 25 de junio 2020