El Partido Unidad Popular, lista 2, presentó un extenso descargo ante el Consejo Nacional Electoral (CNE) para defender su permanencia legal y evitar la cancelación de su registro político. El documento cuestiona de manera frontal la decisión del organismo electoral de iniciar un proceso de cancelación basado en una supuesta reducción masiva de afiliados, la cual —según la organización— no ha sido probada ni sustentada con documentos verificables.
La controversia se origina en la Resolución PLE-CNE-2-26-3-2026, mediante la cual el CNE. inició el procedimiento para cancelar a Unidad Popular bajo el argumento de que su número de afiliados habría caído por debajo del mínimo exigido por la ley. El informe técnico citado por el organismo electoral sostiene que el partido cuenta apenas con 31.015 afiliados, cifra muy inferior al padrón original reconocido cuando se constituyó la organización política en 2020.
Sin embargo, el descargo sostiene que esta reducción no tiene respaldo jurídico ni documental. Según el partido, el CNE no ha demostrado la existencia de renuncias individuales que justifiquen la desaparición de más de 175.000 afiliaciones. El documento señala que, desde junio de 2020 hasta marzo de 2026, únicamente se notificaron 270 desafiliaciones formales, lo que representa un porcentaje mínimo frente al total de afiliados reconocidos previamente.
Uno de los argumentos centrales del descargo gira en torno al origen legal del partido. Unidad Popular recuerda que su creación fue resultado de la fusión entre el Movimiento Popular Democrático (MPD) y el Movimiento Unidad Popular, aprobada mediante resolución del propio CNE en 2020. En ese momento, el organismo electoral reconoció oficialmente un padrón consolidado de 206.771 afiliados. Para la organización, esta cifra constituye un acto administrativo firme que no puede ser desconocido sin pruebas claras y legalmente válidas.
El documento también plantea que la ley electoral establece procedimientos específicos para que una persona pierda la calidad de afiliada, entre ellos la renuncia expresa, la expulsión o la extinción del partido. Ninguna de estas causales —según el argumento presentado— ha sido demostrada en el caso actual. Por ello, el partido sostiene que una simple modificación en una base de datos informática no puede sustituir la existencia de actos formales de desafiliación.
Otro punto clave del descargo es la denuncia de supuestas violaciones al debido proceso y al derecho a la defensa. El partido afirma que el CNE notificó el inicio del procedimiento sin entregar el detalle individualizado de las desafiliaciones que justificarían la reducción del padrón. Esta omisión —según el documento— impide ejercer una defensa efectiva, ya que no permite verificar la legalidad de las cifras utilizadas por la autoridad electoral.
Además, el texto sostiene que la decisión del CNE contradice sus propios actos administrativos recientes. En febrero de 2026, apenas un mes antes de iniciar el proceso de cancelación, el organismo electoral aprobó un informe técnico que permitió a Unidad Popular acceder al Fondo Partidario Permanente. En ese momento, no se reportó ninguna alerta sobre irregularidades en el número de afiliados, lo que, según el partido, generó una presunción de legalidad sobre su padrón.
La defensa también enfatiza la participación activa del partido en los procesos electorales recientes como prueba de su vigencia política. Desde su creación en 2020, Unidad Popular participó en las elecciones generales de 2021, en las elecciones seccionales y consulta popular de 2023, en las elecciones anticipadas de ese mismo año y en los comicios generales de 2025. Esta presencia continua —según el documento— demuestra que la organización mantiene actividad política real y reconocimiento institucional.
Desde el punto de vista jurídico, el descargo argumenta que la actuación del CNE vulnera principios fundamentales del derecho administrativo, como la seguridad jurídica, la buena fe y la confianza legítima. El partido sostiene que la autoridad electoral no puede desconocer decisiones anteriores que validaron su existencia y su padrón sin presentar hechos nuevos que justifiquen el cambio de criterio.
Asimismo, el documento advierte que la eventual cancelación del partido no solo afectaría a la organización como tal, sino también a los derechos políticos de miles de ciudadanos afiliados. Desde esta perspectiva, la medida se interpreta como una posible restricción al pluralismo político y a la participación democrática, lo que —según el descargo— exige un nivel de justificación mucho más riguroso por parte del Estado.
En síntesis, el descargo presentado por Unidad Popular sostiene que el procedimiento iniciado por el CNE carece de base legal suficiente, se apoya en cifras no verificadas y contradice actos administrativos previos del propio organismo. La organización concluye que, mientras no se demuestre con documentos válidos la existencia de desafiliaciones masivas, no puede configurarse la causal legal para cancelar su registro político.
El caso, que combina argumentos técnicos, políticos y jurídicos, se perfila como un nuevo episodio en la tensión entre la autoridad electoral y las organizaciones políticas, con implicaciones directas para el pluralismo y la estabilidad del sistema democrático ecuatoriano.
