¿Eliminar la tabla resuelve el problema de las adicciones?

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Por Prof. Stalin Vargas M.

El presidente Noboa mediante Decreto Ejecutivo Nro. 28, del 24 de noviembre de 2023, decretó:

¨Art. 1 Disponer al Ministerio del Interior la derogación de la Resolución Nro. 001 CONSEP-CD-2013, que acogió el análisis técnico de toxicidad, estudios sicológicos y otros necesarios sobre la tenencia de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para el consumo personal elaborado por el Ministerio de Salud Pública, así como la propuesta de cantidades máximas admisibles de tenencia para el consumo personal y sus posteriores reformas.

Art. 2 Encárguese al Ministerio del Interior y al Ministerio de Salud Pública, en el ámbito de sus competencias, el desarrollo de programas coordinados de información, prevención y control del consumo de sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como ofrecer tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales y problemáticos.

Art. 3 Encárguese del cumplimiento del presente Decreto Ejecutivo al Ministerio del Interior y al Ministerio de Salud Pública¨.   

¿Qué dice la Resolución Nro. 001 CONSEP-CD-2013?

¨Artículo 1.- Acoger el análisis de toxicidad, estudios sicológicos, biológicos y otros necesarios sobre la tenencia de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para el consumo personal elaborado por el Ministerio de Salud Pública, así como la propuesta de cantidades máximas admisibles de tenencia para el consumo personal planteadas por la ministra de Salud, en el que se recomiendan las siguientes cantidades como máximas admisibles para la tenencia¨:

¿Cuál era el objetivo de la tabla de consumo de drogas?

El objetivo apuntaba, sobre todo, a diferenciar a los consumidores de los traficantes de drogas. Empatar el Art. 364 de la Constitución con la realidad jurídica del país y lograr que se evite la criminalización. Sirve como insumo para que los jueces penales sepan identificar un caso de tráfico o de consumo.

¿Qué dice el Art. 364 de la Constitución vigente?

¨Art. 364.- Las adicciones son un problema de salud pública. Al Estado le corresponderá desarrollar programas coordinados de información, prevención y control del consumo de alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como ofrecer tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales y problemáticos. En ningún caso se permitirá su criminalización ni se vulnerarán sus derechos constitucionales. El Estado controlará y regulará la publicidad de alcohol y tabaco¨.

¿Qué dijo la Corte Constitucional en 2019?

¨1. La tabla respecto a cantidades máximas admisibles de tenencia para consumo personal establecida en la Resolución No. 001-CONSEP-CD-2013 es compatible con el artículo 364 de la Constitución de la República del Ecuador.

2. El inciso final del artículo 220 del Código Orgánico Integral Penal es compatible con el artículo 364 de la CRE, en lo que atañe al objeto de esta sentencia, interpretándose en el sentido que el hecho de superar las cantidades máximas establecidas, no es constitutivo del tipo penal de tenencia y posesión, no establece indicio ni presunción de responsabilidad penal. Si el detenido supera las cantidades máximas admisibles de tenencia para consumo personal, corresponde a los operadores de justicia establecer que la persona en tenencia de sustancias estupefacientes, psicotrópicas o preparados que las contengan, tenga la intención de traficar en lugar de consumir, en el marco del derecho al debido proceso¨.

Es importante destacar que lo señalado por la Constitución, el análisis del Ministerio de Salud Pública, la tabla de cantidades máximas admisibles de tenencia para el consumo personal y la sentencia de la Corte Constitucional lo que quiere es ¨evitar la criminalización del consumo de sustancias estupefacientes o psicotrópicas, por ser considerado como problema de salud pública y no como una conducta delictiva¨.

Recojo las palabras del Abogado Daniel Carbo ¨La solución no pasa por eliminar la tabla o adoptar medidas populistas en el ámbito penal. No está en seguir criminalizando. Está en la educación, salud, recreación y empleo. Y a los que están sumidos en la enfermedad, el Estado debe dotarles de procesos de desintoxicación y recuperación, para que entiendan su enfermedad y así puedan volver a ser útiles a la sociedad¨.

EX PRESIDENTE DE LA UNE

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