La ética del super sobrino

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Por Prof. Stalin Vargas M.

El presidente Noboa en su discurso de posesión como presidente de la república, le dijo al país en los siete minutos que duró su intervención, entre otras cosas que ¨No podemos seguir repitiendo las políticas del pasado, esperando tener un resultado distinto, por eso los ciudadanos votaron por el nuevo Ecuador…Dejemos los viejos esquemas políticos y concentrémonos en resolver los grandes problemas que aquejan al Ecuador…Soy un hombre libre y pragmático que busca con empatía mejorar la vida de los ecuatorianos, como son todos aquellos jóvenes que depositaron su esperanza en mí…Creo en un Estado que tiene como primer objetivo reducir la violencia y volver del progreso una costumbre¨[1].

Han transcurrido 9 meses de gestión y la vieja política, el incumplimiento de las ofertas de campaña, la incapacidad para resolver los problemas de la gente es una constante. En medio de ello el conflicto de intereses es la marca del gobierno.

Con bombos y platillos al inicio del gobierno expidió el Código de Ética de la Administración Pública Central que conforma la Función Ejecutiva, en ella decía que ¨tiene por objeto establecer las normas de comportamiento ético para la administración pública transparente y eficiente, al servicio de todos los ciudadanos, con apego al derecho, la justicia, los derechos humanos, la objetividad, integridad, honestidad, probidad e imparcialidad¨[2]

El Código decía que ¨los familiares del presidente de la república, vicepresidente, ministros viceministros, secretarios, subsecretarios, gerentes y directores de la Administración Pública  Central que conforman la Función Ejecutiva, hasta el cuarto grado de consanguinidad , segundo de afinidad y por uniones de hecho, no podrán participar o solicitar a autoridades, servidores o funcionarios de órganos de entidades públicas gestionar directa o indirectamente contratos públicos para su beneficio; contratar con personas jurídicas privadas en cuyos directorios u organismos de administración participen directamente familiares¨[3]

Se encontraban exentos de esa disposición las personas que antes de la posesión del cargo de sus familiares generaron contratos con el Estado, pero debían sujetarse a las prohibiciones establecidas en la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública y su Reglamento General. 

Para sorpresa de todos el 23 de febrero de 2024, el presidente Noboa emitió un nuevo Decreto en el que dispone: ¨Deróguese el Decreto Ejecutivo 86, de 19 de diciembre de   2023, publicado en el Registro Oficial Suplemento 466 del 28 de diciembre de 2023¨[4]. De un plumazo derogó el Código de Ética.

El resultado de ello, empresas de la tía del presidente se han beneficiado de contratos por 154 millones de dólares en el Ministerio de Educación para la provisión del desayuno escolar y en Petroecuador para la venta de etanol por 18,9 millones de dólares. Las beneficiadas para la provisión del desayuno escolar son: la Corporación Ecuatoriana de Alimentos y Bebidas (CORPABE S.A.), la Sociedad Industrial Ganadera El Ordeño en la que la tía del presidente es accionista a través de la empresa Agroindustrias San Esteban C.A. AGRIESTEBAN. Y en el caso del contrato con Petroecuador la empresa beneficiaria es CODANA S.A. en donde uno de los administradores actuales de la compañía es el CONSORCIO NOBIS que tiene el cargo de presidente. 

Todo esto a pesar de que la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública (LOSNCP) en el Art. 62 numeral 2 establece las inhabilidades para celebrar contratos con el Estado, entre ellos al presidente de la república, su cónyuge y a sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad. La tía del presidente está en el tercer grado de consanguinidad.

El gran sobrino gobierna para beneficiar a su familia y a los amigos de sus grupos económicos EXPORTADORA BANANERA NOBOA (156 empresas) y CONSORCIO NOBIS (106 empresas). Para ello quiere ser reelegido como presidente. El pueblo le castigará en las urnas.

EX PRESIDENTE UNE NACIONAL

Quito, agosto 2 024


[1] POSESIÓN DEL PRESIDENTE DANIEL NOBOA ANTE LA ASAMBLEA NACIONAL. Quito, noviembre 23 / 2023

[2] Decreto-Ejecutivo-No.-86-2023-CODIGO-DE-ETICA.pdf (telecomunicaciones.gob.ec)

[3] Ibid.

[4] Decreto_Ejecutivo_No._173_20240123193450.pdf

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