¿Más inversión extranjera con el arbitraje internacional?

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¿Qué es el CIADI en Ecuador? Ecuador firma el Convenio del CIADI | CIADI El Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI)

Por Prof. Stalin Vargas M.

Las clases dominantes, dicen todos los días que el Ecuador necesita la inversión extranjera y para ello hay que darle seguridad jurídica y todas las garantías del caso, para las inversiones y que cuando se produzcan controversias, se acuda al arbitraje internacional para la solucionarlas, esto es necesario  como dice el economista burgués,  Alberto Acosta Burneo,¨somos conocidos por no respetar los contratos y no permitir que los inversionistas tengan centros de arbitraje imparciales¨[1] 

En esa línea en el Referéndum y Consulta Popular 2024, convocado por el presidente Noboa, se plantea enmendar el Art. 422 de la Constitución. El 21 de abril el pueblo ecuatoriano responderá SI o NO a la siguiente pregunta:

¿Está usted de acuerdo que el Estado ecuatoriano reconozca el arbitraje internacional como método para solucionar controversias en materia de inversión, contractuales o comerciales?

Para ello plantea sustituir el actual Art. 422 de la Constitución de la República por el siguiente texto:

¨Art. 422.- El Estado ecuatoriano podrá celebrar tratados o suscribir instrumentos internacionales que contemplen reglas de solución de controversias mediante arbitraje internacional, ya fuere en controversias de inversión o de índole contractual o comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas; o en materias relacionadas con endeudamiento externo¨[2].

El argumento del gobierno es que por el Art. 422 de la Constitución ¨han sido declarados inconstitucionales varios tratados de protección de inversiones, hecho que ha colocado en situación de desventaja al país frente a otros que si protegen a los inversionistas extranjeros mediante estos instrumentos internacionales¨[3].

¿Cuál es la realidad?

Según la Procuraduría del Estado[4], el Ecuador está enfrentando 34 demandas de arbitraje internacional, esto representa la suma de 57 000 millones de dólares, de los cuales 15 son arbitrajes comerciales, 10 son de inversión y 6 son juicios en sedes extranjeras. Hasta el año 2021 el país ha tenido que pagar 1 875 millones de dólares a varias compañías internacionales solo por demandas de inversión y comercio. Veamos algunos casos[5]:

#AÑODEMANDANTEMOTIVOMONTO
12006Chevrón IIDenegación de la justicia, violación del Tratado entre el país y Estados Unidos sobre la Promoción y Protección de Inversiones.96 millones de dólares
22006OxiViolación del Tratado Bilateral de Inversiones (TBI) suscrito entre Ecuador y Estados Unidos1061 millones de dólares
32008Burlington Resources Inc.Por la aplicación de la Ley 42-2006, se modificó la participación del contratista, en las ganancias, se violó Tratado Bilateral de Inversiones.379 millones de dólares
42008PerencoPor la aplicación de la ley 42 se modificó la participación del contratista, violando el TBI.412 millones de dólares
52009Chevron IIIProceso de arbitraje internacional ante la Corte Permanente de Arbitraje (CPA) alegando que el Estado ecuatoriano había violado el TBI al no intervenir en el litigio propuesto por los afectados por el daño ambiental.Confidencial
62010RSM Production CorporationPide una indemnización por la cancelación de la licencia minera y por una supuesta violación al TBI.Indeterminada
72011Zamora GoldViolación del TIB suscrito entre Canadá y Ecuador al adoptar una serie de medidas para privar a la compañía de sus inversionesPendiente
82015Merck Sharp & DohmeViolación del TBI al no haberle brindado garantías judiciales.44 millones de dólares
92015Murphy Exploration & Production Company Por sufrir perjuicios en la aplicación de la Ley 42 (excedente petrolero a favor del Estado).19 971 309 dólares
102015Ecuador TLC; Cayman Internacional Exploration Company y Teikoku Oil EcuadorPor existir modificaciones en la modalidad del contrato318 700 000 dólares
112015Consorcio GLPPor violación del TBI al declararlo como contratista incumplido50 millones de dólares
122016Consorcio Nippon Koei-Caminosca-SisaPor un incumplimiento contractual, no se le había pagado los costos en la realización de los servicios695 000 dólares más intereses
132017Consorcio Cuatro Ríos de CuencaPor el incumplimiento al contrato de construcción de la obra civil del proyecto Tranvía Cuatro Ríos de Cuenca27.5 millones de dólares
142018Gente OilPorque la Contraloría General del Estado pretende de forma unilateral recuperar US$ 1,05 por cada barril producido de la Tarifa pagada.Confidencial
152018Inter RaoPor la terminación unilateral por parte de CELEC de los contratos para la construcción de los proyectos Toachi-Pilatón y Ciclo CombinadoIndeterminado
162019WorleyParsonsPor la violación al TBI sobre los contratos de inspección y gestión firmados con Petroecuador en la refinería de EsmeraldasConfidencial
172019PañaturiPor incumplimiento contractual de Petroamazonas EPIndeterminado
182019AECONPor el incumplimiento de la garantía de estabilidad jurídica otorgada en virtud de los TBI firmados con CanadáIndeterminado
192021Ecuador TLC S. A.Por el incumplimiento del convenio de Transcode porte suscrito el 31 de diciembre de 2008.122 millones de dólares
202021Kamana Services e IgapóPor incumplimiento contractual, el Estado ecuatoriano no habría pagado las tarifas acordadas en el contratoConfidencial
212021CodelcoPor el incumplimiento de los acuerdos por parte de la Empresa Nacional Minera de Ecuador Enami EPIndeterminado

 Elaboración propia

Bajo cualquier pretexto las compañías extranjeras le acusan al Estado ecuatoriano, en especial por ¨incumplir¨ según ellos el Tratado Bilateral de Inversiones, por la supuesta ¨denegación de justicia¨, por obligarles a cumplir las leyes nacionales.

El premio Nobel de Economía, Joseph Stiglitz llamó al sistema de arbitraje como ¨terrorismo de litigios¨, basta ver como ¨los gobiernos se han visto obligados a pagar miles de millones de dólares a las corporaciones multinacionales después de revocar contratos petroleros o licencias mineras, o promulgar nuevas regulaciones¨[6], en el caso de nuestro país ya se han pagado 1 875 millones de dólares.

De otro lado ¨la premisa de que los acuerdos internacionales de inversión, en general, y las cláusulas de arbitraje entre los inversionistas y el Estado, en particular, ayudan a atraer más inversión extranjera a los países receptores no es segura¨[7]. Esto desnuda la famosa tesis de que con el arbitraje internacional vendrá la inversión extranjera.

Los gobernantes de turno al inicio de su gestión hablan de que ya viene la inversión extranjera, se reúnen con los inversores y nada que ver.

Una cuestión está clara las clases dominantes al enmendar el Art. 422 e incorporar los arbitrajes internacionales ponen en evidencia su carácter entreguista hacia el capital internacional.

BIBLIOGRAFÍA

[1] Cómo las corporaciones adineradas utilizan los acuerdos de inversión para extraer millones de dólares de los países en desarrollo – Inside Climate News

[2]file:///C:/Users/Usuario/Downloads/Decreto_Ejecutivo_No._163_20240109220202_20240109220205_20240109220209.pdf 

[3] Ibi5d.

[4} http6://www.pge.gob.ec/images/2021/PROFIP/octubre/v5/PGE_del_futuro_014.pdf

[5] https://www.labarraespaciadora.com/ddhh/ecuador-gasta-millones-de-dolares-en-demandas-internacionales-perdidas/

[6] Cómo las corporaciones adineradas utilizan los acuerdos de inversión para extraer millones de dólares de los países en desarrollo – Inside Climate News

[7] https://repositorio.cepal.org/server/api/core/bitstreams/e341d60a-b165-430a-9282-d92d7e1a7431/content

EX PRESIDENTE UNE NACIONAL

Quito, 2 de marzo 2 024

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