Muerte de María Belén Bernal, un crimen de Estado

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Por Abg. Enver Aguirre

María Belén Bernal, fue víctima de feminicidio el 11 de septiembre, al interior de la Escuela Superior de Policía, el presunto autor del crimen es su esposo Germán Cáceres, teniente, que se encontraba en servicio activo aquel día. Su desaparición y muerte, han generado conmoción en el Ecuador y han abierto una disyuntiva fundamental ¿existe responsabilidad del Estado ecuatoriano en el caso de María Belén Bernal?

Durante días se debatió si existía desaparición forzada o involuntaria, y ahora, se discute si su muerte constituye o no un crimen de Estado.

Los hechos indican que la muerte de Bernal se produjo al interior de una institución pública y a manos de un agente estatal, que más de una treintena de funcionarios públicos conocieron del hecho y no hicieron nada. Conviene entonces repasar lo sucedido.

Cronología de los hechos:

11 de septiembre: María Belén Bernal ingresa en la madrugada a la Escuela Superior de Policía.

12 de septiembre: El teniente Germán Cáceres acude a la Unidad de Delitos contra la Vida, Muertes Violentas, Desapariciones, Extorsión y Secuestro (Dinased), de la Policía Nacional para denunciar la desaparición de su esposa.  Tras receptar la versión y encontrar contradicciones, es retenido y la Unidad pone en conocimiento de Fiscalía General del Estado la desaparición de Bernal.

13 de septiembre:La Policía entregó la notificación a Cáceres para que declare ante Fiscalía. De 14:40 a 22:40 estuvo retenido. Se solicitó que se formulen cargos, pero el fiscal consideró que no tenía suficientes elementos de convicción.

14 septiembre: Elizabeth Otavalo, madre de María Belén, acude a Fiscalía de Pichincha y presenta  denuncia y exige respuestas a la Policía.

15 de septiembre: ministro del interior, Patricio Carrillo confirma que Bernal ingresó a la Escuela Superior de Policía y reconoce fallas de seguridad e incumplimiento de protocolos internos.

Se suspenden las actividades en la escuela policial y se dispone la búsqueda en las instalaciones.

16 de septiembre: La cadete Josselyn S.  es detenida con fines investigativos después de allanar su habitación.

El secretario de seguridad, Diego Ordóñez anuncia la separación del director de la Escuela Superior de Policía y una supuesta “sanción administrativa”.

17 de septiembre: Equipos especialistas realizan la búsqueda de María Belén Bernal en los alrededores de la escuela policial.

Jueza ordena prisión preventiva para la cadete Josselyn S.

18 de septiembre: Familiares y amigos de María Belén, realizan labores de búsqueda.

19 de septiembre: 8 días posteriores al desaparecimiento, el Presidente Lasso dice, desde Nueva York, que es «inadmisible que una persona desaparezca dentro de una escuela policial»

Ministro del Interior anuncia que «volarán cabezas» respecto a involucrados en la desaparición de María Belén Bernal.

20 de septiembre: El ministro del Interior, afirmó:  “si no hay resultados, en el caso de María Belén Bernal, deberán salir de sus puestos varios funcionarios, incluido él, como ministro,  de terminándose  un plazo de 30 días.

21 de septiembre: El cuerpo de María Belén Bernal fue hallado en una fosa,  en el cerro de Casitagua, a 20 minutos de la Escuela Superior de Policía.

Casualmente el anuncio lo hizo  el Presidente Guillermo Lasso, tras su retorno de Estados Unidos.

Miles de personas se movilizaron hacía la Comandancia General de Policía Denunciando el feminicidio de María Belén Bernal, como un crimen de Estado.

22 de septiembre: María Belén Bernal tiene su funeral en la Universidad Central del Ecuador al que acuden miles de personas.

Hasta ahora: No se da con el paradero de Germán Cáceres y ninguno de los oficiales de rango superior involucrados en la desaparición y feminicIdio de María Belén Bernal, se encuentra detenido.

¿Cuál ha sido el accionar del Estado ecuatoriano en el caso de María Belén Bernal?

Cómplice de la desaparición y el crimen que se ha cometido. El accionar de la Policía y sus altos mandos, de Fiscalía, del ex ministro Patricio Carrillo, del Secretario de Seguridad Pública Diego Ordóñez, de la Secretaria de Derechos Humanos Paola Flores, de la asambleísta de gobierno María Belén Cordero y por supuesto del Presidente Guillermo Lasso, ha sido inoperante para la captura del principal responsable, ineficaz y omisivo con las responsabilidades de debida diligencia e investigación para el esclarecimiento de los hechos, deslegitimación con la naturaleza del crimen ocurrido, misógino con las expresiones de justa protesta que se desarrollaron.

Todos, todos ellos han actuado acorde a sus incapacidades y sobre todo a sus concepciones capitalistas, misóginas y patriarcales.

¿Cuáles son las características de un crimen de Estado?

La legislación ecuatoriana no considera la figura de crimen de Estado. Pero si establece, delitos sobre los cuales, el Estado puede tener responsabilidad, los de lesa humanidad.

Jurídicamente 4 elementos configuran un crimen de Estado: cometimiento del delito por un funcionario público; que exista obstrucción de la investigación; que exista denegación de la justicia; que haya revictimización posterior.  Es evidente que en el caso de María Belén Bernal de momento se configuran los dos primeros elementos. Aquello debe ser contrastado con lo dicho por el tratadista argentino, Zaffaroni, que establece que para que se cometa un crimen de Estado, la principal característica que lo configura  es la existencia de un discurso justificante, que niega el ilícito.

Allí están las declaraciones de Carrillo, Ana Belén Cordero, Diego Ordóñez y las que se vertieron en la Escuela Superior de la Policía, que afirmaron que la desaparición de Bernal,  era un tema “privado, personal”. Y, que aquello que se busca, es afectar la imagen de una institución como la Policía.

Ahora, el Feminicidio cometido contra María Belén Bernal, tiene como principal responsable a Germán Cáceres, sí, en su condición de agente estatal.

Por cuanto, existe una  responsabilidad estatal, desde la perspectiva de los Derechos Humanos. En el caso de Bernal, hay varios ilícitos: la privación de libertad, la desaparición forzada y la muerte. Esos derechos y libertades se encuentran consagrados en varios tratados y convenios internacionales como el Pacto de San José, la convención Belem Do Para (contra la violencia de género) entre otros.

La  CIDH en distintos casos ha establecido que existirá responsabilidad directa del Estado cuando uno de los derechos contemplados en la convención o tratados anexos sea vulnerado  a manos de un agente estatal o dentro de una institución estatal. El femicidio de María Belén Bernal, fue perpetrado por un agente estatal, Cáceres y dentro de una institución pública, la Escuela Superior de Policía en la que el Estado ecuatoriano tiene jurisdicción plena, por ende tiene el rol de garantizar la seguridad y el respeto de los DDHH. Aquello no ocurrió y el principal derecho humano de Bernal, la vida, fue vulnerado, por eso, el Estado ecuatoriano es responsable por este crimen de Estado.

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