Por Jaime Chuchuca Serrano
Aunque en repetidas ocasiones, Daniel Noboa ha dicho que le gusta enfrentar a la oposición política en los procesos electorales, tiene gran temor a la Revocatoria del Mandato. Es más, todo el noboísmo tiene pavor al final presidencial. El problema real es que Noboa actualmente controla la mayoría de las instituciones estatales y se ha blindado de la fiscalización y el control constitucional. Al ser revocado, habría una nueva elección presidencial y se cambiaría la correlación de fuerzas, por lo que tendría que responder a la justicia y al mismo pueblo, por todos los rompimientos constitucionales e ilegalidades.
La revocatoria es un proceso constitucional, en el que la voluntad popular decide, a través del voto, a favor o en contra de la conservación de la autoridad de turno. El Artículo 105 de la Constitución permite que todas las personas, en goce de sus derechos políticos, puedan revocar el mandato de los personeros que han sido elegidos por el voto. El segundo inciso del mismo artículo señala: “La solicitud de revocatoria del mandato podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año del periodo para el que fue electa la autoridad cuestionada. Durante el periodo de gestión de una autoridad podrá realizarse sólo un proceso de revocatoria del mandato”. El texto constitucional es muy claro. El Consejo Nacional Electoral (CNE), tras receptar la solicitud, tiene que entregar los formularios para la recolección de las firmas: el 10% del registro electoral para todas las autoridades de elección popular, salvo para el Presidente que se requiere el 15%.
Aunque constitucionalmente, lo anterior bastaría, en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana se incluyó por reforma, que la posibilidad de revocatoria se puede invocar por incumplimiento del plan de trabajo, de participación ciudadana, y de las obligaciones y funciones (Art. 25). Entonces, en la solicitud se incluirían los argumentos y la justificación al respecto, que en el caso de la presidencia actual los hay de sobra. No obstante, lo fundamental en la Revocatoria, dentro del marco constitucional, es la voluntad popular, la recolección de firmas, la verificación del CNE -que la mayoría de veces procede injustamente contra la voluntad de los firmantes- y el mismo voto popular para la Revocatoria.
Cuando una fuerza política afín al presidente tiene la mayoría en el CNE, como es la composición actual, quiere imponer trabas para la Revocatoria. El actual CNE, hiperprorrogado, y aunque ha cambiado su presidencia, de Diana Atamaint a José Cabrera, mantiene la línea de conservar al poder de turno. El ejecutivo ha empezado una campaña anticipada e ilegal contra la Revocatoria, usando bienes y recursos del Estado, y con un discurso vacío, igual que las cajas de cartón que habría presentado en el CNE, y que no quiere que sean indagadas por los solicitantes de la revocatoria. La coacción directa o indirecta contra la revocatoria simplemente es mecanismo antidemocrático.
