Por Prof. Stalin Vargas Meza
Desde hace varios años se les escucha a los representantes de los grandes empresarios, a los economistas neoliberales y a los gobernantes de turno decir que en el país hay un ¨mercado laboral rígido¨, ¨un Código de Trabajo caduco¨, que es necesario aprobar leyes para dar ¨facilidad de contratación, facilidad en las jornadas de trabajo y facilidad para nuevas oportunidades¨, ¨contratos más flexibles¨, que ¨los costos de separación y despido en Ecuador son altos¨, ¨a los 25 años el empleador adquiere la obligación de otorgar la jubilación patronal, la cual le da derecho al trabajador a una pensión vitalicia¨, ¨el salario mínimo legal en Ecuador, está entre los más altos de la región¨, todo esto para exigir la flexibilización laboral.
Aprovechando que, en Argentina el presidente Milei logró la aprobación de una reforma laboral a la que le califica de ¨modernización de las relaciones laborales¨ para ¨habilitar la ampliación de la jornada laboral diaria de 8 a 12 horas sin necesidad de pagar horas extra, siempre y cuando se respete el descanso de 12 horas y no se supere el tope semanal legal de 48 horas, la creación de un banco de horas extra para cada empleado, que la empresa podrá compensar con horas o días libres en lugar de dinero, que los trabajadores puedan negociar, por ejemplo, trabajar de lunes a jueves más horas cada día y tener libres los viernes, se incorpora el concepto de «negociación dinámica» del salario, la redefinición de la fórmula de cálculo de las indemnizaciones por despido, en la que quedarán excluidas del cálculo las vacaciones, los premios y otros conceptos que no formen parte del sueldo mensual¨ [1].
El ministro de Trabajo, Harold Burbano, el 18 de febrero, firmó el Acuerdo Ministerial MDT-2026-046, ¨que establece el procedimiento obligatorio para aprobar jornadas, turnos y horarios especiales, permite distribuir las 40 horas semanales hasta en 10 horas diarias y fija un tope de 12 horas en casos autorizados¨ [2]. Con lo cual se elimina las horas suplementarias y extraordinarias.
El conocimiento de ese Acuerdo Ministerial provocó la reacción y la condena de los dirigentes del FUT, Frente Popular, las organizaciones políticas de izquierda, entre ellas la Unidad Popular, personalidades democráticas y trabajadores, en redes sociales y en pronunciamientos públicos, lo que obligó al ministro de Trabajo, el 20 de febrero a decir que el texto ¨no está vigente, no está publicado en el Registro Oficial, pero que sí es parte de una discusión nacional que tenemos que dar¨ [3]. Lo cierto es que, mientras no se emita un nuevo Acuerdo Ministerial que derogue el 046, éste seguirá vigente.
¿Qué buscan con el Acuerdo Ministerial 046? [4]
- Regular el procedimiento de autorización de turnos u horarios especiales; así como, la distribución de la jornada semanal laboral; y, los acuerdos para la distribución de la jornada laboral eficiente para el desarrollo.
- Los empleadores y trabajadores podrán acordar una jornada laboral eficiente en las que se pueda distribuir las cuarenta (40) horas semanales en jornadas diarias que, en ningún caso, pueden superar el máximo de diez (10) horas diarias y distribuidas en forma dinámica y eficiente dentro de los cinco (5) días de la semana.
- Las partes podrán convenir el incremento de horas de la jornada diaria de trabajo, a cambio de que se otorgue al trabajador más días de descanso en relación de que cada cinco (5) días de trabajo corresponden dos (2) de descanso, para compensar tales horas adicionales, pero en ningún caso la jornada excederá de doce (12) horas al día.
¿Qué significa en los hechos ese Acuerdo?
- Se modifica la jornada laboral diaria de 8 horas, para que pase a 10 horas o 12 horas diarias, manteniendo las 40 horas laborales.
- El ¨acuerdo entre las partes¨ (empleadores y trabajadores) para modificar la jornada diaria de trabajo, se convertirá en una imposición de los empleadores, al ministro de Trabajo se le olvida que la relación laboral es jerárquica y subordinada, el empresario impondrá su voluntad y si el trabajador no acepta, le dirá lo siento, tienes que cumplir, caso contrario hay otra gente que, si quiere, incluso ganar menos.
- A nombre de que el trabajador ¨arrime el hombro¨ en la empresa, lo debe hacer sin recibir el pago de las horas suplementarias y extraordinarias.
- Va a generar una mayor sobrexplotación laboral por parte de los empresarios, ellos ganan y los trabajadores pierden.
Así es como el gobierno de la oligarquía cumpliendo las órdenes del FMI, busca cómo implementar la flexibilización laboral. Lo bueno es que los trabajadores y la izquierda seguirán luchando para detener la arremetida neoliberal.
REFERENCIAS
[3] Polémico acuerdo laboral que flexibilizaba la jornada laboral estuvo ‘vigente’ menos de dos días
[4} ACUERDO-MINISTERIAL-Nro-MDT-2026-046-CAMBIO-HORARIOS-JCOP.pdf
EX PRESIDENTE UNE NACIONAL
