El gobierno impide el acceso a la información pública

Periódico Opción

Blindaje legal ante las evidencias

Por Dr. Marco Villarruel Acosta

Ni bien llegado de su primera vacación de verano, este de fin de semana en los Estados Unidos, donde fue recibido en el estadio Lincoln Financial Field por miles de hinchas que le abuchearon hasta la saciedad, (y que por la pérdida de la Selección se le acusó de haber salado el campo), y por funcionarios de tercer orden en las jerarquías del gobierno de Donald Trump, Daniel Noboa firmó  por vigésima cuarta vez vez el estado de excepción “por grave conmoción interna” para 10 provincias y tres cantones del país, lo cual significa notables disminución de los derechos de los/las ciudadanos, tales como la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia. Esto le permitirá “recopilar información pertinente e indispensable para prevenir amenazas, y requisar materiales e insumos de origen privado para apoyar los operativos de las fuerzas armadas”.

Como todo el mundo sabe, estas medidas han dado muy poco fruto.

Mientras tanto es bueno curarse en sano, antes de las elecciones o de la muy probable revocatoria del mandato.

Y para este efecto y por diferentes medios, ha propuesto dos importantes proyectos de ley que, de aplicarse, dejarán cubiertas las espaldas de la presidencia y de los altos funcionarios que acompañan al novel Noboa en su entretenimiento en la presidencia de la República.

El primero nace a partir del debate del proyecto de ley sobre los uniformes militares a la que, nuevamente, se le añaden reformas  diferentes del motivo de la propuesta. Esto ya fue observado por el Tribunal Constitucional (hay que hacerle acuerdo al Secretario Jurídico, Enrique Herrería) en el sentido de que no se pueden plantear y peor aprobar propuestas no contempladas en el proyecto de ley y que no hayan sido discutidas en la respectiva Comisión.

Noboa propone en la ley de los uniformes unas reformas a la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado que permitan la ELIMINACIÓN DE DOCUMENTOS OFICIALES QUE CONTENGAN INFORMACIÓN CLASIFICADA, RESERVADA O SECRETA. Así como la eliminación, destrucción o el borrador seguro de documentos físicos y digitales clasificados, confidenciales, reservados, secretos o secretísimos una vez que los trámites hayan terminado y se encuentren ejecutoriados., lo cual se haría en un plazo no mayor a los treinta días. 

Entonces se trataría de eliminar cualquier rastro de actos de corrupción por parte del gobierno o de sus aliados ubicados en todas y cada una de las dependencias gubernamentales. Esto huele a la letra chiquita o las obligaciones de confidencialidad que encontramos en los contratos petroleros o eléctricos.

Los casos Progen o Health, ocurridos en este mismo gobierno, y en conocimiento del mismísimo Contralor, no podrían ya ser revisados, y tampoco los documentos calificados como reservados por este gobierno o de los antecesores. Igual en otros escándalos de dominio público.

Importantes personalidades democráticas del país se peguntan si ya nunca se podrá investigar la compra fallida de los helicópteros indios valorados en decenas de millones de dólares, o la compra de los dos nuevos helicópteros para que usen los presidentes y sus invitados.

Es verdad que ya existía una reglamentación al respecto, para la Conservación y Valoración, y Eliminación de Documentos, para lo cual existe un Comité de Valoración, Conservación y Eliminación de Documentos con su correspondiente reglamentación, por tanto resulta inoficioso este cambio, malintencionado, como se ve.

También existe la Ley Orgánica de Acceso a la Información Pública (Lotaip) que más bien obliga a las instituciones públicas a crear y mantener archivos y señalar las respectivas normas técnicas de archivo. Además deben disponer la custodia institucional. Es decir, ambos documentos se contradicen. (¿Qué le parece Dr. Herrería?)

¿No será que quieren poner tierra sobre los hechos delincuenciales denunciados?

En esta línea, un detalle más. El actual Contralor acaba de reglamentar el acceso a las declaraciones patrimoniales juramentadas de los funcionarios públicos y que deben presentarlas apenas se posesionen de sus cargos.

Esto después de que los periodistas de investigación e indagaciones periciales en muchos casos, han encontrado indicios de enriquecimiento ilícito en las declaraciones de altos empleados públicos de este gobierno y en tantas personas muchas veces involucradas en acciones fraudulentas. Entonces es mejor no permitir la publicación de estos registros.

Para las investigaciones de las organizaciones de veedurías, o indagaciones de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), ya no será fácil seguir la ruta del enriquecimiento ilícito de las personas.

Estas formas de eludir las investigaciones para descubrir el fraude público o el enriquecimiento ilícito deben ser eliminadas, aunque nada esperamos de la Asamblea Nacional, cómplice del encubrimiento, sino a través de las expresiones públicas de los organismos de los trabajadores y del pueblo, de las universidades, de los gremios, y hasta de los empleados honestos de la administración pública.

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