Por: Ab. Marco Romero
Para irnos adentrando al tema, a especie de introducción, debo señalar que la participación ciudadana es un eje transversal de la Constitución ecuatoriana, esto implica que los actores sociales tienen un rol protagónico en los diferentes niveles de gobierno, a través de su participación activa en la toma de decisiones.
El art. 95 de la Constitución de la República enfatiza la importancia del derecho a participar en asuntos de interés público al señalar que los ciudadanos “participarán de manera protagónica en la toma de decisiones”, lo que guarda congruencia con la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que ha establecido que los Estados tienen “la obligación de garantizar medidas positivas, a través de las cuales toda persona que formalmente sea titular de derechos políticos tenga la oportunidad real para ejercerlos”.
Art. 106. CRE en su parte pertinente dice “el pronunciamiento popular será de obligatorio e inmediato cumplimiento.”
El Art. 71 de la Constitución, establece los derechos de la naturaleza, o Pacha Mama, “para que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos”.
De ahí que la defensa de la naturaleza no solo es interés de una comunidad, sino de toda la nación, entonces, es través de la consulta popular como mecanismo de democracia directa, en donde se decide finalmente la cuestión planteada, en este caso dejar de explotar los pozos petroleros del ITT, esto en virtud que el soberano, es el pueblo.
El domingo 20 de agosto del 2023, la mayoría de la población ecuatoriana con casi el 59% votó a favor de que se mantenga en el subsuelo el petróleo existente en el bloque 43, también llamado ITT que conforma los campos Ishpingo, Tambococha y Tiputini que se encuentran dentro del Parque Nacional Yasuní en la Amazonía ecuatoriana, una de las zonas con mayor biodiversidad del planeta y que junto al Territorio Ancestral Huaorani fue declarado por la UNESCO reserva de la biosfera en el año de 1989.
Con este victorioso triunfo nuestra gente les demostró a quienes solo piensan en llenarse los bolsillos de dinero, el pueblo ecuatoriano dijo sí a la vida, a la naturaleza y al hogar de los tagaeri y los taromenani, últimos pueblos en aislamiento voluntario.
Ahora bien, los defensores de las transnacionales petroleras que ven perder sus abundantes ganancias, han empezado a manifestar que no tienen por qué cumplir con el mandato del pueblo, tratando de deslegitimar el pronunciamiento popular, señalando que no se tenía que consultar a la población nacional, sino que solamente tenía que hacerse a los habitantes de la provincia de Orellana que eran quienes debían pronunciarse sobre la explotación de los campos Ishpingo, Tambococha y Tiputini; para defender esta estupidez (digo esto porque quieren desconocer el mandato del soberano), esgrimen lo que señala el art. 57 numeral 7 de la Constitución, que habla sobre la consulta previa, libre e informada, sobre planes y programas de prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras. Esto debieron hacer antes de ingresar a explotar el yasuní, por eso se llama consulta previa y es obligatoria y oportuna, pero ahí no observaron nada a pesar que irrespetaron flagrantemente la constitución y la Ley; para explotar tambien irrespetaron el Art. 398 de la Constitución que dice que toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, a la cual se informará amplia y oportunamente, no lo hicieron en su momento, por ello me parece inaudito, hasta cantinflesco que ahora digan que hay que respetar la ley y que solo se debía consultar en la provincia de Orellana, hecho que también es incorrecto ya que la ley es clara en señalar que la consulta previa se hace a comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas y no a toda la población provincial;. Debemos estar claros que precisamente ante este irrespeto a la norma suprema, ya que no se puede hacer una consulta previa sobre algo que ya esta en ejecución, ante la exigencia popular se consultó al pueblo para detener la masacre que se está produciendo en la natutraleza de nuestra amazonía, que además no afecta solo a la comunidad cercana sino al Ecuador en general y por que no decirlo a la Humanidad.
Cabe recordar que llegar a la aprobación de la consulta popular no fue fácil, es el resultado de una lucha constante de peleas legales y protesta social, por más de 10 años desplegada por el colectivo ambientalista Yasunidos, para que la Corte Constitucional apruebe que los ecuatorianos decidan el tema mediante consulta popular que nacío de la iniciativa ciudadana, obligándolos a aplicar el art. 104 de la Cosntitución; ya en el año 2014 las transnacionales petroleras a través del Consejo Electoral aupado por el gobierno neoliberal de ese entonces, anuló 400.000 mil firmas para para boicotear la consulta; a pesar del camino difícil los defensores de la naturaleza seguimos siempre firmes batallando en defensa de la conservación de esa zona amazónica de enorme biodiversidad animal, vegetal y de pueblos no contactados.
Hay que entender que el haber obtenido un SI rotundo en la consulta popular para dejar el crudo del ITT bajo tierra, es el inicio de la transición hacia un modelo sustentable que permita tener agua para beber, alimentos para comer ya que estos productos vienen de la tierra y conservar la tierra, la biodiversidad, pesa mucho más que el dinero. La reserva del Yasuní es clave para el clima y la conservación, ya que es un sistema que produce mucho vapor de agua, “la mitad se transforma en lluvia y cae ahí mismo, mientras que el otro 50% es llevado a la cordillera de los Andes, cae en las montañas, lagunas y humedales y finalmente es utilizada en las grandes ciudades”, mantener la extracción petrolífera o deforestación, alteraría este proceso. Por eso el pueblo ecuatoriano le dijo SÍ AL YASUNÍ.
Retomando el análisis jurídico respecto a incumplir con el mandato popular, tras la proclamación oficial de los resultados, no pueden, ya que el art. 106 inciso tercero de la Constitución claramente señala: El pronunciamiento popular será de obligatorio e inmediato cumplimiento. Lo que pasa es que los grupos capitalistas extractivistas, asustados como se encuentran por la respuesta del pueblo ecuatoriano en las urnas, que ordena detener las operaciones y, que la estatal Petroecuador tendrá un año para desmantelar sus instalaciones y abandonar esa zona del Yasuní, han empezado a lanzar palos de ciego, y a voz en cuello con voces grandilocuentes de sus secuaces dicen encubiertamente que no hay que acatar el resultado de la consulta popular, sosteniendo el argumento de la supuesta pérdida económica en la que incurriría el Estado al dejar de explotar el bloque ITT.
Este discurso lo maneja el gobierno neoliberal de Lasso, tratando de crear temor en la ciudadania, y anuncia el colapso de la economía dicendo “O se reducen gastos o se eliminan algunos subsidios que vengan a compensar estos ingresos que se pierden por la consulta del Yasuní”, señalando que el fisco puede dejar de recibir unos $1.200 millones de dólares al año en ingresos. Este hecho es falso, existen algunas alternativas que les da pánico adoptarlas porque perderían sus descomunales ganancias, una de ellas sería la eliminación de las exoneraciones tributarias que el Estado concede a los grupos más ricos del país. Según información del Servicio de Rentas Internas (SRI), en el 2021 Ecuador dejó de percibir $6.338 millones de dólares por esta causa, esto quiere decir que solo en un año es un 30% más de lo que recibiría por explotar el ITT durante 33 años.
El Ecuador no se va a arruinar si se deja de explotar el ITT, el rubro por esto no llega ni al 0.47% del presupuesto anual del Estado, son los empresarios, banqueros, capitalistas, los que se enriquecen con la extracción del crudo, no el país.