Vergüenza de CNE

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Por Prof. Stalin Vargas Meza

Desde el 20 de marzo el Consejo Nacional Electoral persigue a Unidad Popular, la presidenta Diana Atamaint ha convocado a 9 reuniones del Pleno del CNE para cancelar del registro electoral a Unidad Popular, lista 2. Van 44 días (20 de marzo al 3 de mayo) y la señora Diana Atamaint tiene solo dos votos para cumplir las órdenes de Carondelet.

De la noche a la mañana, el 18 de marzo, se le ocurrió a la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas solicitarle a la Dirección Nacional de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones Electorales que ¨se remita el valor total de afiliados, adherentes y adherentes permanentes de las organizaciones políticas nacionales¨, en particular de Unidad Popular.

El mismo 18 de marzo respondió la Dirección Nacional de Infraestructura Tecnológica y Comunicaciones Electorales y le dijo a la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas que con el ¨fin de dar cumplimiento con el requerimiento, y una vez verificada la base de datos de revisión y verificación de firmas de adherentes, adherentes permanentes y afiliados, anexo archivo digital en formato de Excel con la información solicitada¨.

El 19 de marzo la Dirección Nacional de Organizaciones Políticas, le solicitó a la Dirección Nacional de Estadística el cálculo de porcentajes de afiliados del Partido Unidad Popular, ese mismo día, la Dirección Nacional de Estadística contestó que ¨me permito remitir el porcentaje de afiliados o adherentes permanentes actualmente en relación al número exigido por la ley¨. En dos días hicieron lo que debían hacer para supervisar el número de afiliados a adherentes permanentes de todas las organizaciones políticas.

Con esos datos elaboraron el Informe Técnico Jurídico No. 090-DNOP-CNE-2026, el 20 de marzo de 2026, que en la parte pertinente dice que Unidad Popular luego de la fusión tenía 206.771 afiliados y que al 20 de marzo tiene 31.015 afiliados, con lo cual disminuyó más del 50% de sus afiliados y por lo tanto está inmerso en la causal de cancelación establecida en el numeral 7 del artículo 327 del Código de la Democracia.

Con ese informe la señora Atamaint convocó el 20 de marzo, al Pleno del CNE y solo tuvo 2 votos a favor (Atamaint y Merino), el 21 de marzo convocó nuevamente al Pleno, pero no tuvo quórum, el 22 de marzo volvió a convocar nuevamente y no tuvo los votos, hasta que el 26 de marzo, luego de 5 reuniones del Pleno del CNE, con el voto de Diana Atamaint, José Merino y Cristina Kronfle, aprobaron el informe fraudulento para iniciar el proceso de eliminación del registro electoral a Unidad Popular.

Unidad Popular, el 28 de marzo de 2026, presentó una petición de corrección a la Resolución Nro. PLE-CNE-2-26-3-2026, la misma que fue negada por el Pleno del CNE el 30 de marzo. Posteriormente acudió al TCE el 2 de abril para presentar un recurso subjetivo contencioso electoral contra la resolución Nro.PLE-CNE-1-30-3-2026 adoptada por el Consejo Nacional Electoral.

El 5 de abril, Unidad Popular, presentó ante el CNE los descargos y observaciones a lo resuelto por el Pleno del CNE, poniendo énfasis en lo siguiente:

  1. La creación del partido Unidad Popular es resultado de la fusión legal entre el Movimiento Popular Democrático y el Movimiento Unidad Popular, aprobada por el CNE en 2020.
  • La ley establece que todos los afiliados de las organizaciones fusionadas pasan automáticamente a ser afiliados del nuevo partido. Producto de esta fusión, Unidad Popular cuenta con 206.771 afiliados, cifra validada por el propio CNE.
  • El informe actual del CNE reduce arbitrariamente esa cifra a 31.015 afiliados, sin evidencia ni sustento. Se pretende desconocer a 175.756 afiliados, especialmente provenientes del Movimiento Popular Democrático.
  • El Estado ecuatoriano ya reconoció que la cancelación del Movimiento Popular Democrático en 2014 violó derechos políticos. Posteriormente, se restituyó la legalidad del Movimiento Popular Democrático, reconociendo nuevamente a sus afiliados.
  • En la resolución de fusión de 2020, el propio CNE ratificó que los afiliados del MPD y del Movimiento Unidad Popular integran el nuevo partido.
  • El CNE no ha presentado pruebas ni las cartas de desafiliación que justifiquen la supuesta reducción de afiliados a Unidad Popular.
  • El intento de cancelación se impulsa fuera del plazo legal establecido, el CNE tenía hasta el 3 de abril como plazo, por lo que es jurídicamente improcedente.    

El 13 de abril, el secretario general del Consejo Nacional Electoral, certifica que se han desafiliado de Unidad Popular 1483 personas, desde el año 2020 a la fecha. Lo cual significa que el número de desafiliados es apenas el 0,7% en 6 años de vida del partido y no más del 50% como sostiene la señora Atamaint y Merino.

El 26 de abril, con 2 votos de Diana Atamaint y José Merino, el Pleno del Consejo Nacional Electoral resolvió, cancelar la inscripción del registro electoral de Unidad Popular. La consejera Elena Nájera y el consejero José Cabrera se abstuvieron. Diana Atamaint utilizó el voto dirimente de manera ilegal. Violaron el Código de la Democracia, particularmente el Art. 327 último inciso que dice: ¨La cancelación de una organización política podrá ser resuelta por el Consejo Nacional Electoral hasta ciento veinte días antes de la convocatoria a elecciones¨.

Unidad Popular, horas antes que inicie el Pleno del CNE el 26 de abril recusó a Diana Atamaint y José Merino, por ¨encontrarse en evidente caso de conflicto de intereses, que nubla la imparcialidad con la que están obligados a actuar¨. La señora Atamaint no permitió que se trate la recusación, por lo que no se votó si aceptaban o no la recusación, lo cual es causa de nulidad de esa reunión del Pleno.

El 28 de abril, Unidad Popular presentó un nuevo recurso de corrección a la resolución del PLE-CNE-1-26-4-2026 de 26 de abril de 2026, en virtud de la cual, el Pleno del Consejo Nacional Electoral decidió ¨CANCELAR la inscripción de la organización política PARTIDO UNIDAD POPULAR, LISTA 2¨. Los argumentos son los siguientes:

  1. El artículo 327, inciso final del Código de la Democracia en su tenor literal prescribe: La cancelación de una organización política podrá ser resuelta por el Consejo Nacional Electoral hasta ciento veinte días antes de la convocatoria a elecciones. La convocatoria a elecciones se realizará el 1 de agosto y los 120 días se cumplía el 3 de abril. Por lo que es extemporánea la decisión de cancelar el registro electoral de Unidad Popular.
  • Pese a los reiterados pedidos de información dirigidos al Consejo Nacional Electoral para que presente las cartas de desafiliación de los 175.756 afiliados de Unidad Popular, esa información no ha sido remitida. Además, el secretario general del CNE dijo que solo son 1483 personas las desafiliadas. Por lo que Unidad Popular no ha disminuido más del 50% de desafiliados.

El 2 de mayo, la señora Atamaint convocó nuevamente al Pleno del CNE para analizar el pedido de corrección planteado por Unidad Popular, llamó a votar y el resultado fue: 2 votos a favor de negar el pedido de corrección (Atamaint y Merino), 1 abstención (José Cabrera) y 1 en contra (Elena Nájera), con lo cual la señora Atamaint no tuvo los votos necesarios, suspendió la reunión y convocó para el 3 de mayo a las 16h00.

El 3 de mayo se instaló el Pleno, con la presencia de la señora Atamaint, José Merino y José Cabrera. Hubo el quórum, pero el consejero Cabrera insistió que debían participar los 4 consejeros que habían asistido a la sesión del 2 de mayo, por lo que solicitaba se suspenda la reunión. La señora Atamaint se vio obligada a suspender el Pleno.

El gobierno y la señora Atamaint no tuvieron los votos para ratificar la cancelación de Unidad Popular del registro electoral.

El 3 de mayo según el calendario electoral es el límite para la inscripción en el Registro permanente de Organizaciones Políticas, para el proceso electoral. Esto significa que el CNE al publicar el listado de organizaciones políticas que pueden inscribir candidatos y candidatas para las Elecciones Seccionales 2027, debe contar con la participación de Unidad Popular.   

No permitir la participación de Unidad Popular en las Elecciones Seccionales 2027, será la muestra de una clara persecusión a la izquierda revolucionaria, al partido que junto al pueblo lidera la oposición popular al gobierno neoliberal de Daniel Noboa.

A Noboa, Atamaint, Merino, se les olvida que Unidad Popular vive, lucha y seguirá junto al pueblo en defensa de la democracia, el derecho de participación y en la lucha por un gobierno popular, patriótico, democrático y revolucionario.

EX PRESIDENTE UNE NACIONAL

Quito 3 de mayo 2 026    

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